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miércoles, 11 de febrero de 2009

EL JUEZ ORDENA PAGAR EL 10% DE LO INVERTIDO A LOS CLIENTES DE FÓRUM

El Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid ha aprobado, en un auto dictado el pasado 15 de enero, el plan de liquidación de Fórum Filatélico, que prevé el pago inmediato de 328,74 millones de euros. Esta cantidad supone el 10% de las cantidades invertidas por los clientes de Fórum y de las deudas de los acreedores ordinarios de la filatélica.
    
El auto, contra el que se puede interponer recurso de apelación, supone la aprobación casi literal del plan de liquidación propuesto por los tres administradores concursales de Fórum en octubre de 2008.
    
Las únicas modificaciones se refieren a que las subastas se anunciarán por edictos publicados en el tablón de anuncios del Juzgado; la obligación de que las enajenaciones directas de bienes sean autorizadas judicialmente; la posibilidad de recurrir a la venta directa de mobiliario y material informático si la subasta resulta desierta o, incluso, donar los bienes a ONG, si no se han vendido en tres meses.
    
Otra de las modificaciones introducidas en el plan de liquidación de Fórum que finalmente ha sido aprobado por el juz Santiago Senent se refiere a los acreedores de la filatélica que hayan solicitado créditos ICO: el auto dispone la eliminación de las referencias a dichos créditos existentes en el plan de liquidación.
    
Según consta en el texto del auto, la administración concursal preveía solicitar a las entidades financieras que habían concedido créditos ICO, los datos bancarios de los clientes, a fin de ingresar directamente en la cuenta el importe correspondiente, para facilitar el pago del préstamo. Sin embargo, y según el auto, "los pagos que debe realizar la administración concursal lo son para satisfacer las deudas de la concursada con sus acreedores y, en consecuencia, ajenos a dichos préstamos, no siendo posible, sin consentimiento expreso del acreedor afectado, destinar su importe de modo unilateral a amortizar los préstamos, pues el acreedor es libre de decidir lo que quiere hacer con el importe percibido".
    
Lo cierto es que en los contratos de los citados préstamos, las entidades financieras señalan que 'en el caso de que, con anterioridad a este plazo [de cinco años], se recuperen las cantidades debidas en el seno de los procedimientos concursales, dichas cantidades se aplicarán necesariamente a la amortización del anticipo recibido'. Lo que podría dar pie a que las propias entidades solicitaran la cancelación anticipada del mismo.
    
Los Servicios Jurídicos de Ausbanc están estudiando el caso y en próximos días se dirigirán a los asociados para informarles al respecto.
    
Fuente: Mercado de Dinero (Febrero 2009)
    

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